El texto oficial, literal
La venta o cesión de un crédito comprende la de todos los derechos accesorios, como la fianza, hipoteca, prenda o privilegio.
En lenguaje claro
El artículo 1528 del Código Civil se refiere a la venta o cesión de un crédito.
La norma establece que la venta o cesión de un crédito comprende la de todos los derechos accesorios. El artículo menciona expresamente la fianza, la hipoteca, la prenda y el privilegio.
Si necesita aplicar esta regla a un caso concreto, consulte con un abogado colegiado a través de la plataforma JBH.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué se incluye en la venta o cesión de un crédito?
- Según el artículo, comprende todos los derechos accesorios, como la fianza, la hipoteca, la prenda o el privilegio.
- ¿Qué derechos accesorios menciona el artículo 1528?
- Menciona la fianza, la hipoteca, la prenda y el privilegio.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.