El texto oficial, literal
Documentación de las actuaciones de la inspección
1. Las actuaciones de la inspección de los tributos se documentarán en comunicaciones, diligencias, informes y actas.
2. Las actas son los documentos públicos que extiende la inspección de los tributos con el fin de recoger el resultado de las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación, proponiendo la regularización que estime procedente de la situación tributaria del obligado o declarando correcta la misma.
En lenguaje claro
El artículo 143 de la Ley General Tributaria indica cómo se documentan las actuaciones que realiza la inspección de tributos.
Según el apartado 1, estas actuaciones se recogen en cuatro tipos de documentos: comunicaciones, diligencias, informes y actas. El artículo no detalla aquí el contenido de cada uno. El apartado 2 se centra en las actas y las define como documentos públicos que extiende la inspección de los tributos con el fin de recoger el resultado de las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación. En esas actas, la inspección propone la regularización que estime procedente de la situación tributaria del obligado o declara correcta la misma.
Si la inspección le afecta y desea valorar su caso, lo recomendable es consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿En qué documentos se recogen las actuaciones de la inspección?
- Se documentan en comunicaciones, diligencias, informes y actas, según indica el apartado 1 del artículo.
- ¿Qué son las actas de inspección?
- Son documentos públicos que extiende la inspección para recoger el resultado de la comprobación e investigación, proponiendo la regularización que estime procedente o declarando correcta la situación tributaria del obligado.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.