El texto oficial, literal
Artículo ciento treinta y tres · LOPJ
Artículo 133.
A la Comisión Disciplinaria corresponde la competencia para la instrucción de expedientes e imposición de sanciones a Jueces y Magistrados.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 133 LOPJ tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 03/07/1985 al 30/06/2013 · redacción original
A la Comisión Disciplinaria corresponde la competencia para la instrucción de expedientes e imposición de sanciones a Jueces y Magistrados.
Ya no está en vigor. BOE-A-1985-12666 en el BOE ↗