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Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Los 98 artículos vigentes, uno a uno, con el texto oficial del BOE.

Índice completo. Cada artículo abre su propia página con el texto oficial del BOE reproducido literalmente, desde cuándo rige, qué reforma lo dejó así y el enlace al texto consolidado.

La norma

  • — Título oficial: Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • — Rango: Real Decreto.
  • — De 08/11/1991.
  • — Artículos vigentes con página propia: 98.
  • — Materias que la usan: sucesiones.
  • — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/rd/1991/11/08/1629 ↗

Los 98 artículos

Art. 1

Art. 2

Art. 3

Art. 4

Art. 5 — Ámbito de aplicación territorial

Art. 6 — Cesión del rendimiento del Impuesto

Art. 7 — Principio de calificación

Art. 8 — Concurrencia de condiciones

Art. 9 — Afección de los bienes transmitidos

Art. 10 — Hecho imponible

Art. 11 — Títulos sucesorios

Art. 12 — Negocios jurídicos gratuitos e «ínter vivos»

Art. 13 — Supuestos de sujeción del seguro de accidentes

Art. 14 — Prestaciones periódicas

Art. 15 — Presunciones de hechos imponibles

Art. 16 — Contribuyentes

Art. 17 — Obligación personal de contribuir

Art. 18 — Obligación real de contribuir

Art. 19 — Responsables subsidiarios

Art. 20 — Extensión y extinción de la responsabilidad subsidiaria

Art. 21 — Regímenes de determinación

Art. 22 — Principio general

Art. 23 — Determinación del caudal hereditario

Art. 24 — Determinación del valor neto de la participación individual

Art. 25

Art. 26

Art. 27

Art. 28 — Bienes adicionables en supuestos de endoso de valores o efectos

Art. 29

Art. 30

Art. 31 — Deducción de cargas y gravámenes

Art. 32 — Deducción de deudas del causante

Art. 33 — Deducción de gastos

Art. 34 — Valoración del ajuar doméstico

Art. 35 — Principio general

Art. 36 — Deducción de cargas

Art. 37 — Deducción de deudas del donante

Art. 38 — Donación de bienes comunes de la sociedad conyugal

Art. 39 — Principio general

Art. 40 — Principios generales

Art. 41 — Derecho de adquisición por la Administración

Art. 42 — Reducciones generales

Art. 45 — Valoración del patrimonio preexistente

Art. 46 — Regla general

Art. 47 — Devengo

Art. 48 — Prescripción

Art. 49 — Usufructos

Art. 50 — Uso y habitación

Art. 51 — Reglas especiales

Art. 52 — Instituciones equiparables al derecho de usufructo o de uso

Art. 53 — Sustituciones

Art. 55 — Reservas

Art. 56 — Principio de igualdad en la partición y excesos de adjudicación

Art. 57 — Pago de la legítima viudal con entrega de bienes en pleno dominio

Art. 58 — Repudiación y renuncia

Art. 59 — Donaciones onerosas y remuneratorias

Art. 60 — Acumulación de donaciones entre sí

Art. 61 — Acumulación de donaciones a la herencia del donante

Art. 62 — Principio general

Art. 63 — Competencia funcional

Art. 64 — Presentación de documentos y declaraciones

Art. 65 — Carácter del presentador del documento

Art. 66 — Contenido del documento y documentación complementaria

Art. 67 — Plazos de presentación

Art. 68 — Prórroga de los plazos de presentación

Art. 69 — Suspensión de los plazos de presentación

Art. 70 — Competencia territorial

Art. 71 — Competencia territorial y atribución de rendimientos

Art. 72 — Unidad de competencia territorial

Art. 74 — Tramitación de los documentos presentados

Art. 75 — Supuesto de herederos desconocidos

Art. 76 — Constancia del carácter de las liquidaciones

Art. 77 — Liquidaciones complementarias

Art. 78 — Liquidaciones parciales a cuenta

Art. 79 — Notificación de liquidaciones

Art. 80 — Plazos y forma de pago

Art. 81 — Supuestos generales de aplazamiento y fraccionamiento

Art. 82 — Aplazamiento por término de hasta un año

Art. 83 — Fraccionamiento hasta por cinco anualidades

Art. 84 — Aplazamiento en caso de causahabientes desconocidos

Art. 85

Art. 85 bis

Art. 86 — Régimen de autoliquidación: Requisitos

Art. 87 — Presentación e ingreso de autoliquidaciones

Art. 87 bis

Art. 88 — Tramitación de autoliquidaciones

Art. 89 — Autoliquidaciones parciales a cuenta

Art. 90 — Aplazamiento y fraccionamiento de autoliquidaciones

Art. 91 — Normas generales

Art. 92 — Procedimiento

Art. 93 — Procedimiento

Art. 94 — Procedimiento

Art. 95 — Procedimiento

Art. 96 — Procedimiento

Art. 97 — Procedimiento

Art. 98 — Tasación pericial contradictoria

Art. 99 — Principio general sobre admisión de documentos

Art. 100 — Cierre registral

Los 98 artículos, uno a uno

Artículo 1 Art. 1. Se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que Artículo 2 Art. 2. El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Artículo 3 Art. 3. Queda autorizado el Ministro de Economía y Hacienda para dictar las disp Artículo 4 Art. 4. Incompatibilidad con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Artículo 5 Art. 5. Ámbito de aplicación territorial. 1. El Impuesto sobre Sucesiones y Dona Artículo 6 Art. 6. Cesión del rendimiento del Impuesto. La cesión del rendimiento del Impue Artículo 7 Art. 7. Principio de calificación. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se Artículo 8 Art. 8. Concurrencia de condiciones. Cuando el acto o contrato que sea causa de Artículo 9 Art. 9. Afección de los bienes transmitidos. 1. Los bienes y derechos transmitid Artículo 10 Art. 10. Hecho imponible. 1. Constituye el hecho imponible: a) La adquisición de Artículo 11 Art. 11. Títulos sucesorios. Entre otros, son títulos, sucesorios a los efectos Artículo 12 Art. 12. Negocios jurídicos gratuitos e «ínter vivos». Entre otros, tienen la co Artículo 13 Art. 13. Supuestos de sujeción del seguro de accidentes. La percepción de cantid Artículo 14 Art. 14. Prestaciones periódicas. 1. La percepción de las cantidades a que se re Artículo 15 Art. 15. Presunciones de hechos imponibles. 1. Se presumirá la existencia de una Artículo 16 Art. 16. Contribuyentes. 1. Estarán obligados al pago del Impuesto a título de c Artículo 17 Art. 17. Obligación personal de contribuir. 1. A los contribuyentes que tengan s Artículo 18 Art. 18. Obligación real de contribuir. 1. A los contribuyentes no incluidos en Artículo 19 Art. 19. Responsables subsidiarios. 1. Serán subsidiariamente responsables del p Artículo 20 Art. 20. Extensión y extinción de la responsabilidad subsidiaria. 1. La responsa Artículo 21 Art. 21. Regímenes de determinación. La base imponible del Impuesto sobre Sucesi Artículo 22 Art. 22. Principio general. En las adquisiciones por causa de muerte constituye Artículo 23 Art. 23. Determinación del caudal hereditario. 1. A efectos de determinar la par Artículo 24 Art. 24. Determinación del valor neto de la participación individual. 1. A efect Artículo 25 Art. 25. Bienes adicionables por haber pertenecido al causante en el año anterio Artículo 26 Art. 26. Bienes adicionables por haberlos adquirido en usufructo el causante en Artículo 27 Art. 27. Bienes adicionables por haber transmitido el causante su nuda propiedad Artículo 28 Art. 28. Bienes adicionables en supuestos de endoso de valores o efectos. 1. Se Artículo 29 Art. 29. Exclusión de la adición y deducción del Impuesto sobre Transmisiones Pa Artículo 30 Art. 30. Presunción sobre la proporción atribuible al causante en bienes en situ Artículo 31 Art. 31. Deducción de cargas y gravámenes. 1. En las adquisiciones por causa de Artículo 32 Art. 32. Deducción de deudas del causante. 1. En las adquisiciones por causa de Artículo 33 Art. 33. Deducción de gastos. 1. Serán deducibles del caudal hereditario en las Artículo 34 Art. 34. Valoración del ajuar doméstico. 1. Salvo que los interesados acreditare Artículo 35 Art. 35. Principio general. En las donaciones y demás transmisiones lucrativas « Artículo 36 Art. 36. Deducción de cargas. 1. Para determinar el valor neto de los bienes o d Artículo 37 Art. 37. Deducción de deudas del donante. 1. Del valor de los bienes o derechos Artículo 38 Art. 38. Donación de bienes comunes de la sociedad conyugal. (Anulado) Ref. BOE- Artículo 39 Art. 39. Principio general. 1. En la percepción de cantidades procedentes de con Artículo 40 Art. 40. Principios generales. 1. La Administración podrá, en todo caso, comprob Artículo 41 Art. 41. Derecho de adquisición por la Administración. 1. La Administración Públ Artículo 42 Art. 42. Reducciones generales. 1. En las adquisiciones por causa de muerte, inc Artículo 45 Art. 45. Valoración del patrimonio preexistente. Para la valoración del patrimon Artículo 46 Art. 46. Regla general. De la cuota tributaria que resulte de la aplicación de l Artículo 47 Art. 47. Devengo. 1. En las adquisiciones por causa de muerte y en la percepción Artículo 48 Art. 48. Prescripción. 1. Prescribirá a los cinco años el derecho de la Administ Artículo 49 Art. 49. Usufructos. Para la valoración de los derechos de usufructo y nuda prop Artículo 50 Art. 50. Uso y habitación. El valor de los derechos reales de uso y habitación s Artículo 51 Art. 51. Reglas especiales. 1. Al adquirirse los derechos de usufructo, uso y ha Artículo 52 Art. 52. Instituciones equiparables al derecho de usufructo o de uso. 1. Siempre Artículo 53 Art. 53. Sustituciones. 1. En la sustitución vulgar se entenderá que el sustitut Artículo 55 Art. 55. Reservas. 1. En la herencia reservable con arreglo al artículo 811 del Artículo 56 Art. 56. Principio de igualdad en la partición y excesos de adjudicación. 1. En Artículo 57 Art. 57. Pago de la legítima viudal con entrega de bienes en pleno dominio. Cuan Artículo 58 Art. 58. Repudiación y renuncia. 1. En la repudiación o renuncia pura, simple y Artículo 59 Art. 59. Donaciones onerosas y remuneratorias. 1. Las donaciones con causa onero Artículo 60 Art. 60. Acumulación de donaciones entre sí. 1. Las donaciones que se otorguen p Artículo 61 Art. 61. Acumulación de donaciones a la herencia del donante. 1. En la sucesión Artículo 62 Art. 62. Principio general. Las infracciones tributarias del Impuesto sobre Suce Artículo 63 Art. 63. Competencia funcional. La titularidad de la competencia para la gestión Artículo 64 Art. 64. Presentación de documentos y declaraciones. Los sujetos pasivos deberán Artículo 65 Art. 65. Carácter del presentador del documento. 1. El presentador del documento Artículo 66 Art. 66. Contenido del documento y documentación complementaria. 1. Los sujetos Artículo 67 Art. 67. Plazos de presentación. 1. Los documentos o declaraciones se presentará Artículo 68 Art. 68. Prórroga de los plazos de presentación. 1. La oficina competente para l Artículo 69 Art. 69. Suspensión de los plazos de presentación. 1. Cuando, en relación a acto Artículo 70 Art. 70. Competencia territorial. 1. Los documentos o declaraciones se presentar Artículo 71 Art. 71. Competencia territorial y atribución de rendimientos. Cuando de la apli Artículo 72 Art. 72. Unidad de competencia territorial. 1. En ningún caso se reconocerá la c Artículo 74 Art. 74. Tramitación de los documentos presentados. 1. Presentado el documento o Artículo 75 Art. 75. Supuesto de herederos desconocidos. En caso de adquisiciones por causa Artículo 76 Art. 76. Constancia del carácter de las liquidaciones. Las liquidaciones se exte Artículo 77 Art. 77. Liquidaciones complementarias. Procederá la práctica de liquidaciones c Artículo 78 Art. 78. Liquidaciones parciales a cuenta. 1. Los interesados en sucesiones here Artículo 79 Art. 79. Notificación de liquidaciones. Practicadas las liquidaciones que proced Artículo 80 Art. 80. Plazos y forma de pago. 1. El pago de las liquidaciones practicadas por Artículo 81 Art. 81. Supuestos generales de aplazamiento y fraccionamiento. Sin perjuicio de Artículo 82 Art. 82. Aplazamiento por término de hasta un año. Los órganos competentes para Artículo 83 Art. 83. Fraccionamiento hasta por cinco anualidades. Los órganos competentes pa Artículo 84 Art. 84. Aplazamiento en caso de causahabientes desconocidos. A solicitud de los Artículo 85 Art. 85. Aplazamiento en caso de transmisión de empresas individuales y de la vi Artículo 85 bis Art. 85 bis. Fraccionamiento de la cuota derivada de las cantidades percibidas e Artículo 86 Art. 86. Régimen de autoliquidación: Requisitos. 1. La opción de los sujetos pas Artículo 87 Art. 87. Presentación e ingreso de autoliquidaciones. 1. Los sujetos pasivos que Artículo 87 bis Art. 87 bis. Regulación de los medios de acreditación de la presentación y pago, Artículo 88 Art. 88. Tramitación de autoliquidaciones. 1. La tramitación de los documentos y Artículo 89 Art. 89. Autoliquidaciones parciales a cuenta. 1. De conformidad con lo dispuest Artículo 90 Art. 90. Aplazamiento y fraccionamiento de autoliquidaciones. 1. Serán aplicable Artículo 91 Art. 91. Normas generales. 1. Los órganos judiciales remitirán a los Organismos Artículo 92 Art. 92. Procedimiento. Cuando la Administración tenga conocimiento de alguno de Artículo 93 Art. 93. Procedimiento. Cuando la oficina competente ante la que se hubiese pres Artículo 94 Art. 94. Procedimiento. El procedimiento para la deducción de las deudas del cau Artículo 95 Art. 95. Procedimiento. El procedimiento para la devolución de la porción de Imp Artículo 96 Art. 96. Procedimiento. El procedimiento para que la Administración pública pued Artículo 97 Art. 97. Procedimiento. El procedimiento para la devolución de la porción de Imp Artículo 98 Art. 98. Tasación pericial contradictoria. En corrección del resultado obtenido Artículo 99 Art. 99. Principio general sobre admisión de documentos. 1. Los documentos que c Artículo 100 Art. 100. Cierre registral. 1. Los Registros de la Propiedad, Mercantiles, y de
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