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Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana

Los 54 artículos vigentes, uno a uno, con el texto oficial del BOE.

Índice completo. Cada artículo abre su propia página con el texto oficial del BOE reproducido literalmente, desde cuándo rige, qué reforma lo dejó así y el enlace al texto consolidado.

La norma

  • — Título oficial: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
  • — Rango: Ley Orgánica.
  • — De 30/03/2015.
  • — Artículos vigentes con página propia: 54.
  • — Materias que la usan: penal.
  • — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/lo/2015/03/30/4 ↗

Los 54 artículos

Art. 1 — Objeto

Art. 2 — Ámbito de aplicación

Art. 3 — Fines

Art. 4

Art. 5 — Autoridades y órganos competentes

Art. 6 — Cooperación interadministrativa

Art. 7 — Deber de colaboración

Art. 8 — Acreditación de la identidad de los ciudadanos españoles

Art. 9

Art. 10 — Competencias sobre el Documento Nacional de Identidad

Art. 11 — Pasaporte de ciudadanos españoles

Art. 12 — Competencias sobre el pasaporte

Art. 13 — Acreditación de la identidad de ciudadanos extranjeros

Art. 14 — Órdenes y prohibiciones

Art. 15 — Entrada y registro en domicilio y edificios de organismos oficiales

Art. 16 — Identificación de personas

Art. 17 — Restricción del tránsito y controles en las vías públicas

Art. 18 — Comprobaciones y registros en lugares públicos

Art. 19

Art. 20 — Registros corporales externos

Art. 21 — Medidas de seguridad extraordinarias

Art. 22 — Uso de videocámaras

Art. 23 — Reuniones y manifestaciones

Art. 24 — Colaboración entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Art. 25 — Obligaciones de registro documental

Art. 26

Art. 27 — Espectáculos y actividades recreativas

Art. 28

Art. 29 — Medidas de control

Art. 30 — Sujetos responsables

Art. 31 — Normas concursales

Art. 32 — Órganos competentes

Art. 33 — Graduación de las sanciones

Art. 34 — Clasificación de las infracciones

Art. 35 — Infracciones muy graves

Art. 36 — Infracciones graves

Art. 37 — Infracciones leves

Art. 38 — Prescripción de las infracciones

Art. 39 — Sanciones

Art. 40 — Prescripción de las sanciones

Art. 41 — Habilitación reglamentaria

Art. 42 — Reparación del daño e indemnización

Art. 43 — Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana

Art. 44 — Régimen jurídico

Art. 45

Art. 46 — Acceso a los datos de otras administraciones públicas

Art. 47 — Medidas provisionales anteriores al procedimiento

Art. 48 — Actuaciones previas

Art. 49 — Medidas de carácter provisional

Art. 50 — Caducidad del procedimiento

Art. 51 — Efectos de la resolución

Art. 52 — Valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad

Art. 53 — Ejecución de la sanción

Art. 54 — Procedimiento abreviado

Los 54 artículos, uno a uno

Artículo 1 1. La seguridad ciudadana es un requisito indispensable para el pleno ejercicio Artículo 2 1. Las disposiciones de esta Ley son aplicables en todo el territorio nacional, Artículo 3 Constituyen los fines de esta Ley y de la acción de los poderes públicos en su á Artículo 4 1. El ejercicio de las potestades y facultades reconocidas por esta Ley a las ad Artículo 5 1. Corresponde al Gobierno, a través del Ministerio del Interior y de los demás Artículo 6 La Administración General del Estado y las demás administraciones públicas con c Artículo 7 1. Todas las autoridades y funcionarios públicos, en el ámbito de sus respectiva Artículo 8 1. Los españoles tienen derecho a que se les expida el Documento Nacional de Ide Artículo 9 1. El Documento Nacional de Identidad es obligatorio a partir de los catorce año Artículo 10 1. Corresponde al Ministerio del Interior la competencia exclusiva para la direc Artículo 11 1. El pasaporte español es un documento público, personal, individual e intransf Artículo 12 1. La competencia para su expedición corresponde: a) En el territorio nacional, Artículo 13 1. Los extranjeros que se encuentren en territorio español tienen el derecho y l Artículo 14 Las autoridades competentes, de conformidad con las Leyes y reglamentos, podrán Artículo 15 1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sólo podrán proceder a la e Artículo 16 1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así Artículo 17 1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir Artículo 18 1. Los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las person Artículo 19 1. Las diligencias de identificación, registro y comprobación practicadas por lo Artículo 20 1. Podrá practicarse el registro corporal externo y superficial de la persona cu Artículo 21 Las autoridades competentes podrán acordar, como medidas de seguridad extraordin Artículo 22 La autoridad gubernativa y, en su caso, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrá Artículo 23 1. Las autoridades a las que se refiere esta Ley adoptarán las medidas necesaria Artículo 24 En los casos a que se refiere el artículo anterior, las Fuerzas y Cuerpos de Seg Artículo 25 1. Las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades relevantes para la s Artículo 26 Reglamentariamente, en desarrollo de lo dispuesto en esta Ley, en la legislación Artículo 27 1. El Estado podrá dictar normas de seguridad pública para los edificios e insta Artículo 28 1. Corresponde al Gobierno: a) La regulación de los requisitos y condiciones de Artículo 29 1. El Gobierno regulará las medidas de control necesarias sobre las materias rel Artículo 30 1. La responsabilidad por las infracciones cometidas recaerá directamente en el Artículo 31 1. Los hechos susceptibles de ser calificados con arreglo a dos o más preceptos Artículo 32 1. Son órganos competentes en el ámbito de la Administración General del Estado: Artículo 33 1. En la imposición de las sanciones por la comisión de las infracciones tipific Artículo 34 Las infracciones tipificadas en esta Ley se clasifican en muy graves, graves y l Artículo 35 Son infracciones muy graves: 1. Las reuniones o manifestaciones no comunicadas o Artículo 36 Son infracciones graves: 1. La perturbación de la seguridad ciudadana en actos p Artículo 37 Son infracciones leves: 1. La celebración de reuniones en lugares de tránsito pú Artículo 38 1. Las infracciones administrativas tipificadas en esta Ley prescribirán a los s Artículo 39 1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euro Artículo 40 1. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los tres a Artículo 41 Las disposiciones reglamentarias de desarrollo podrán introducir especificacione Artículo 42 1. Si las conductas sancionadas hubieran ocasionado daños o perjuicios a la admi Artículo 43 1. A efectos exclusivamente de apreciar la reincidencia en la comisión de infrac Artículo 44 El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de protección de la segurida Artículo 45 1. No podrán sancionarse los hechos que hayan sido sancionados penal o administr Artículo 46 1. Las autoridades y órganos de las distintas administraciones públicas competen Artículo 47 1. Los agentes de la autoridad intervendrán y aprehenderán cautelarmente los ins Artículo 48 1. Con anterioridad a la incoación del procedimiento se podrán realizar actuacio Artículo 49 1. Incoado el expediente, el órgano competente para resolver podrá adoptar en cu Artículo 50 1. El procedimiento caducará transcurrido un año desde su incoación sin que se h Artículo 51 En el ámbito de la Administración General del Estado, la resolución del procedim Artículo 52 En los procedimientos sancionadores que se instruyan en las materias objeto de e Artículo 53 1. Una vez firme en vía administrativa, se procederá a la ejecución de la sanció Artículo 54 1. Una vez notificado el acuerdo de incoación del procedimiento para la sanción
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