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INM Inmobiliario

Subarriendo y cesión del contrato de alquiler

Quiere alquilar una habitación de su piso alquilado, o pasar el contrato a otra persona. La ley distingue dos cosas distintas y las dos exigen lo mismo: el consentimiento escrito del arrendador. Aquí le explicamos qué dice el art. 8 LAU y qué límites tiene.

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático ·

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