El texto oficial, literal
Formada la nota, se unirá al rollo, y pasarán los autos al Magistrado ponente para instrucción, por término de diez días.
Previo informe del Ponente, la Sala dictará la resolución que proceda sobre la admisión o inadmisión del recurso.
En lenguaje claro
El artículo 883 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula un trámite procesal. Una vez formada la nota, esta se une al «rollo» y los autos pasan al Magistrado ponente para instrucción, por un plazo de diez días.
Previo informe del ponente, la Sala dicta la resolución que proceda sobre la admisión o inadmisión del recurso. El artículo no especifica los motivos de admisión o inadmisión, solo el trámite. Para una orientación concreta sobre su situación, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué plazo tiene el Magistrado ponente para la instrucción?
- El artículo fija un plazo de diez días para la instrucción, una vez que se le pasan los autos.
- ¿Quién decide si se admite el recurso?
- La resolución sobre la admisión o inadmisión la dicta la Sala, previo informe del Ponente.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.