El texto oficial, literal
Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro, cuando concurran los requisitos y circunstancias exigidos en el artículo 81.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 86 CC tuvo 3 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 09/08/1981 al 10/07/2005 · redacción de la Ley 30/1981
Son causas de divorcio:
1.ª El cese efectivo de la convivencia conyugal durante al menos un año ininterrumpido desde la interposición de la demanda de separación formulada por ambos cónyuges o por uno de ellos con el consentimiento del otro, cuando aquélla se hubiera interpuesto una vez transcurrido un año desde la celebración del matrimonio.
2.ª El cese efectivo de la convivencia conyugal durante al menos un año ininterrumpido desde la interposición de la demanda de separación personal, a petición del demandante o de quien hubiere formulado reconvención conforme a lo establecido en el artículo 82, una vez firme la resolución estimatoria de la demanda de separación o, si transcurrido el expresado plazo, no hubiera recaído resolución en la primera instancia.
3.ª El cese efectivo de la convivencia conyugal durante al menos dos años ininterrumpidos:
a) Desde que se consienta libremente por ambos cónyuges la separación de hecho o desde la firmeza de la resolución judicial, o desde la declaración de ausencia legal de alguno de los cónyuges, a petición de cualquiera de ellos.
b) Cuando quien pide el divorcio acredite que, al iniciarse la separación de hecho, el otro estaba incurso en causa de separación.
4.ª El cese efectivo de la convivencia conyugal durante el transcurso de al menos cinco años, a petición de cualquiera de los cónyuges.
5.ª La condena en sentencia firme por atentar contra la vida del cónyuge, sus ascendientes o descendientes.
Cuando el divorcio sea solicitado por ambos o por uno con el consentimiento del otro, deberá necesariamente acompañarse a la demanda o al escrito inicial la propuesta convenio regulador de sus efectos, conforme a los artículos 90 y 103 de este Código.
Ya no está en vigor. BOE-A-1981-16216 en el BOE ↗
Del 15/05/1958 al 09/08/1981 · redacción de una reforma
Los que con arreglo al artículo cuarenta y dos pretendan contraer matrimonio en forma civil presentarán en el Registro Civil de su domicilio una declaración, firmada por ambos contrayentes, en que conste:
Primero. Los nombres, apellidos, edad, profesión, domicilio o residencia de los contrayentes.
Segundo. Los nombres, apellidos, profesión, domicilio o residencia de los padres.
Acompañarán a esta declaración la prueba de nacimiento y del estado civil, la licencia, si procediere, y la dispensa cuando sea necesaria.
Asimismo, presentarán la prueba de no profesar la religión católica.
Ya no está en vigor. BOE-A-1958-6677 en el BOE ↗
Del 16/08/1889 al 15/05/1958 · redacción original
Los que con arreglo al artículo 42 hubieren de contraer matrimonio en la forma determinada en este Código, presentarán al Juez municipal de su domicilio una declaración, firmada por ambos contrayentes, en que consten:
1.º Los nombres, apellidos, edad, profesión, domicilio o residencia de los contrayentes.
2.º Los nombres, apellidos, profesión, domicilio o residencia de los padres.
Acompañarán a esta declaración la partida de nacimiento y de estado de los contrayentes, la licencia o consejo, si procediere, y la dispensa, cuando sea necesaria.
Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
Lo mencionan
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 4 sentencias de su repertorio, la primera de 1984. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 150/1999 ↗, de 14 de septiembre de 1999 · Recurso de amparo 2784-1994
…este caso concreto, el matrimonio, desde el punto de vista civil, está disuelto por Sentencia del juez estatal basada en la causa del número 1 del art. 86 del Código Civil -cese efectivo de la convivencia durante el tiempo establecido en el precepto- y la…
STC 190/1997 ↗, de 10 de noviembre de 1997 · Recurso de amparo 894-1995
…que "la separación de hecho de los esposos litigantes, desde hace más de cinco años, es causa legítima para pedir el divorcio según previene el art. 86 del Código Civil pues aunque es cierto que la esposa apelante, que no compareció en juicio en primera…
STC 146/1987 ↗, de 24 de septiembre de 1987 · Recurso de amparo 304-1986
…en el Reglamento Registral, lo cual es hacer una declaración judicial con base en unos preceptos claramente inconstitucionales -los derogados arts. 42 y 86 del Código Civil-; disposiciones que vulneran el contenido en los arts. 14 y 16.2 de la Constitución…
STC 120/1984 ↗, de 10 de diciembre de 1984 · Recurso de amparo 160-1984
…si bien es cierto que objetivamente no podemos oponernos abiertamente al divorcio solicitado por el esposo, cuya causa está especificada en el art. 86 del Código Civil, sin embargo, no es menos cierto que debemos tener muy en cuenta la situación en que queda…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.