El texto oficial, literal
El hijo o descendiente mejorado podrá renunciar a la herencia y aceptar la mejora.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 833 CC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 16/08/1889 al 08/06/1981 · redacción original
El hijo o descendiente legítimo mejorado podrá renunciar la herencia y admitir la mejora.
Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗