El texto oficial, literal
Siempre que los Jueces o Tribunales impongan una pena que lleve consigo otras accesorias condenarán también expresamente al reo a estas últimas.
En lenguaje claro
El artículo 79 del Código Penal se dirige a los Jueces y Tribunales. Cuando impongan una pena que lleve consigo otras accesorias, deben condenar también expresamente al reo a estas últimas.
El artículo no enumera cuáles son las penas accesorias ni las define. Tampoco fija plazos, cifras ni consecuencias concretas. Para analizar su aplicación a un caso real, conviene consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué obligación impone este artículo a los jueces?
- Les obliga a condenar expresamente al reo a las penas accesorias siempre que impongan una pena principal que las lleve consigo.
- ¿Cuándo se aplican las penas accesorias según el artículo 79?
- Cuando la pena principal impuesta por el Juez o Tribunal lleve aparejadas otras penas accesorias.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.