El texto oficial, literal
Artículo setenta y dos · LOPJ
Artículo 72.
1. El Tribunal Superior de Justicia estará integrado por las siguientes Salas: de lo Civil y Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social.
2. Se compondrá de un Presidente, que lo será también de su Sala de lo Civil y Penal, y tendrá la consideración de Magistrado del Tribunal Supremo mientras desempeñe el cargo; de los Presidentes de Sala y de los Magistrados que determine la ley para cada una de las Salas y, en su caso, de las Secciones que puedan dentro de ellas crearse.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2001. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 128/2018 ↗, de 29 de noviembre de 2018 · Cuestión de inconstitucionalidad 2860-2018
…en relación con el Tribunal Supremo (arts. 54 y 172 LOPJ), la Audiencia Nacional (arts. 63.1 y 64.2 LOPJ), el Tribunal Superior de Justicia (arts. 72.2 y 73.6 LOPJ) y la Audiencia Provincial (arts. 80, 81 y 82 LOPJ). Existiendo en el seno de una Sala de un Tribunal…
STC 11/2013 ↗, de 28 de enero de 2013 · Recurso de amparo 6052-2010
…colegiados de la jurisdicción ordinaria [Tribunal Supremo (art. 54 LOPJ), Audiencia Nacional (art. 64.2 LOPJ), Tribunales Superiores de Justicia (art. 72.2 LOPJ)] son Secciones funcionales de las Salas, cuya determinación corresponde a las Salas de Gobierno de…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.