El texto oficial, literal
Ninguno de los cónyuges puede atribuirse la representación del otro sin que le hubiere sido conferida.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 71 CC tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 15/05/1958 al 09/08/1981 · redacción de una reforma
Lo dispuesto en los párrafos primero y segundo del artículo anterior no tendrá lugar si los padres, de común acuerdo, proveyeren de otro modo al cuidado de los hijos, dejando siempre a salvo lo establecido en los dos últimos párrafos del mismo artículo.
Ya no está en vigor. BOE-A-1958-6677 en el BOE ↗
Del 16/08/1889 al 15/05/1958 · redacción original
Lo dispuesto en los párrafos primero y segundo del artículo anterior no tendrá lugar si los padres, de común acuerdo, proveyeran de otro modo al cuidado de los hijos.
Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗