El texto oficial, literal
1. El Senado es la Cámara de representación territorial.
2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.
3. En las provincias insulares, cada isla con Cabildo o Consejo Insular constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores −Gran Canaria, Mallorca y Tenerife− y uno a cada una de las siguientes islas: Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma.
4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores.
5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.
6. El Senado es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 69 CE tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 29/12/1978 al 20/05/2026 · redacción original
1. El Senado es la Cámara de representación territorial.
2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.
3. En las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores –Gran Canaria, Mallorca y Tenerife– y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.
4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores.
5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.
6. El Senado es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.
Ya no está en vigor. BOE-A-1978-31229 en el BOE ↗
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 26 sentencias de su repertorio, la primera de 1981. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 56/2022 ↗, de 5 de abril de 2022 · Recurso de amparo 3085-2019
…ley, a propuesta del mismo grupo parlamentario que propuso a la persona que causa la vacante”. Ello se ve reforzado por lo establecido en el artículo 69.5 CE, en cuanto a la necesidad de que se asegure una representación proporcional en la designación autonómica…
STC 158/2019 ↗, de 12 de diciembre de 2019 · Recurso de inconstitucionalidad 5212-2018
…constitucionales específicos, como, entre otros, el que exige la disciplina estatutaria del régimen de designación de los senadores autonómicos (art. 69.5 CE), y un contenido constitucionalmente posible en virtud de previsiones constitucionales expresas (así,…
STC 141/2017 ↗, de 30 de noviembre de 2017 · Recurso de inconstitucionalidad 4061-2017
…y, por ello, menoscaba las competencias del Estado que se derivan del artículo 149.1.1 CE en relación con el artículo 23 CE, así como de los artículos 69.5 y 70.1 CE, que no contemplan la revocación del mandato de los miembros del Congreso y del Senado. La competencia…
STC 123/2017 ↗, de 2 de noviembre de 2017 · Recurso de inconstitucionalidad 649-2017
…misma Ley. 2. En el recurso se contiene la relación de antecedentes que a continuación resumidamente se exponen: a) Tras citar lo dispuesto en los artículos 23, 1.1, 1.2, 68.1, 69, 152.1, 140 y 141.2 CE, se destaca que, conforme al artículo 66.1 de la misma norma fundamental, “las Cortes Generales…
STC 159/2015 ↗, de 14 de julio de 2015 · Recurso de amparo electoral 3811-2015
…sino necesario por lo ya dicho en un Estado democrático que no reconoce más fuente de poder que la derivada de la voluntad de sus ciudadanos (arts. 1.2, 66.1, 68.1, 69.2, 99 y 117.1 CE), en cuanto está dirigida a conocer de la manera más perfecta la voluntad del cuerpo electoral. Y según…
STC 31/2015 ↗, de 25 de febrero de 2015 · Recurso de inconstitucionalidad 5829-2014
…la vida pública y en el destino colectivo, decidiendo éstos, periódicamente, a través de las elecciones de representantes en las Cortes Generales (arts. 68 y 69 CE), en los Parlamentos autonómicos (art. 152.1 CE) y en los ayuntamientos (art. 140 CE), acerca del destino…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.