El texto oficial, literal
Artículo sesenta y dos · LOPJ
Artículo 62.
La Audiencia Nacional, con sede en la villa de Madrid, tiene jurisdicción en toda España.
En lenguaje claro
El artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sitúa la sede y delimita el ámbito territorial de la Audiencia Nacional.
El precepto indica, en primer lugar, que la Audiencia Nacional tiene su sede en la villa de Madrid. En segundo lugar, señala que su jurisdicción se extiende a toda España.
El artículo no detalla qué asuntos conoce ni cómo se organiza internamente la Audiencia Nacional. Si necesita saber cómo le afecta este órgano en un caso concreto, consulte con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Dónde tiene su sede la Audiencia Nacional?
- Según el artículo 62, la Audiencia Nacional tiene su sede en la villa de Madrid.
- ¿Hasta dónde llega la jurisdicción de la Audiencia Nacional?
- El artículo dispone que su jurisdicción se extiende a toda España.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.