El texto oficial, literal
Artículo 616 ter · CP
El que con violencia, intimidación o engaño, se apodere, dañe o destruya una aeronave, buque u otro tipo de embarcación o plataforma en el mar, o bien atente contra las personas, cargamento o bienes que se hallaren a bordo de las mismas, será castigado como reo del delito de piratería con la pena de prisión de diez a quince años.
En todo caso, la pena prevista en este artículo se impondrá sin perjuicio de las que correspondan por los delitos cometidos.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 140/2018 ↗, de 20 de diciembre de 2018 · Recurso de inconstitucionalidad 3754-2014
…de 2000 (“BOE” núm. 295, de 10 de diciembre de 2003). - Contra la seguridad de la navegación marítima que se cometan en los espacios marinos (art. 616 ter CP), contemplados en el protocolo de 2005 relativo al Convenio para la represión de los actos ilícitos…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.