El texto oficial, literal
En todo lo que no esté previsto en este título, los Jueces y Tribunales aplicarán lo dispuesto en la legislación civil sobre fianzas y embargos.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 56/1997 ↗, de 17 de marzo de 1997 · Recurso de amparo 3199-1996
…mantienen o pueden mantenerse durante toda la tramitación del sumario o de las correspondientes diligencias, como puede serlo el embargo de bienes (arts. 598 a 614 L.E.Crim., en general y en particular en el procedimiento abreviado, art. 785.8, etc.), la libertad…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.