El texto oficial, literal
Todos están obligados a exhibir los objetos y papeles que se sospeche puedan tener relación con la causa.
Si el que los retenga se negare a su exhibición, será corregido con multa de 125 a 500 pesetas; y cuando insistiera en su negativa, si el objeto o papel fueren de importancia y la índole del delito lo aconseje, será procesado como autor del de desobediencia a la Autoridad, salvo si mereciera la calificación legal de encubridor o receptador.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 211/1994 ↗, de 13 de julio de 1994 · Recurso de amparo 360-1991
…probatorio obtenido por la policía mediante un registro personal constitutivo de detención, producida con inobservancia de las disposiciones (arts. 492.4 y 575.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) que por imperativo constitucional (art. 17.1 C.E.) determinan las…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.