El texto oficial, literal
La autoridad o funcionario público que, careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general o suspendiere su ejecución, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a doce años.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 107/2016 ↗, de 7 de junio de 2016 · Recurso de amparo 6205-2015
…propuesta indebidamente admitida supone incitar al ejecutivo autonómico a cometer delito de desobediencia o, incluso, de usurpación de atribuciones (arts. 410.1 y 506 del Código penal). Una propuesta del Parlamento de hacer tabla rasa con todo el orden constitucional,…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.