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Artículo 505 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo quinientos cinco · LOPJ

Artículo 505.

1. El Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas con competencias asumidas, serán competentes para la concesión de los permisos y licencias establecidos en esta ley orgánica, respecto de los funcionarios que presten servicios en sus respectivos ámbitos territoriales, en la forma y mediante el procedimiento que se establezca en las disposiciones que se dicten al efecto por las mismas.

2. Así mismo les corresponde el control de la incapacidad temporal del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, pudiendo solicitar el asesoramiento facultativo que en su caso estime necesario, a cuyo fin podrán establecer sistemas de colaboración con aquellos organismos públicos o entidades que en sus respectivos ámbitos asumen la inspección, evaluación y seguimiento del control de la incapacidad temporal del régimen general de la seguridad social y de los regímenes especiales.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 505 LOPJ tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 03/07/1985 al 15/01/2004 · redacción original

    1. El Instituto de Toxicología es un órgano técnico adscrito al Ministerio de Justicia cuya misión es auxiliar a la Administración de Justicia.

    2. En sus funciones técnicas tendrá carácter independiente y emite sus informes de acuerdo a la reglas de investigación científica que estime adecuadas.

    3. Son funciones del Instituto de Toxicología.

    a) Emitir los informes y dictámenes que soliciten las autoridades judiciales y del Ministerio Fiscal.

    b) Practicar los análisis e investigaciones toxicológicas que sean ordenadas por los Médicos Forenses y las autoridades judiciales o gubernativas, o del Ministerio Fiscal.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1985-12666 en el BOE ↗

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2006. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 294/2006 ↗, de 11 de octubre de 2006 · Conflicto positivo de competencia 2637-2001

    …permisos en el ámbito de la Administración de Justicia sería muy incompleto. La segunda nota de este régimen viene determinada por la previsión del art. 505.1 LOPJ, que establece que “el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias asumidas…

  • STC 238/2006 ↗, de 17 de julio de 2006 · Recurso de amparo 3042-2004

    …de que tal prueba “sería realizada por el ‘Instituto Nacional de Toxicología’ (órgano técnico específico adscrito al Ministerio de Justicia según el art. 505 de la Ley Orgánica del Poder Judicial)” y, de otro, por estar orientado “a determinar la aplicación del…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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