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Artículo 503 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo quinientos tres · LOPJ

Artículo 503.

1. Por causas justificadas, las personas funcionarias tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que tendrá una duración de nueve días.

2. El disfrute de estos permisos tendrá los mismos derechos económicos que los funcionarios de la Administración General del Estado.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 503 LOPJ tuvo 6 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 30/12/2018 al 23/01/2025 · redacción de una reforma

    1. Por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que tendrá una duración de nueve días, los cuales no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas.

    2. El disfrute de estos permisos tendrá los mismos derechos económicos que los funcionarios de la Administración General del Estado.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2018-17987 en el BOE ↗

  2. Del 29/12/2012 al 30/12/2018 · redacción de la Ley Orgánica 8/2012

    1. Por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado.

    2. El disfrute de estos permisos tendrá los mismos derechos económicos que los funcionarios de la Administración General del Estado.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2012-15648 en el BOE ↗

  3. Del 15/01/2004 al 29/12/2012 · redacción de la Ley Orgánica 19/2003

    1. Por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que tendrá una duración de nueve días, los cuales no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas.

    2. El disfrute de estos permisos no afectará a los derechos económicos de los funcionarios.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2003-23644 en el BOE ↗

  4. Del 09/12/1994 al 15/01/2004 · redacción de la Ley Orgánica 16/1994

    1. El Ministerio de Justicia, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, y en su caso de la Comunidad Autónoma afectada que haya asumido competencias en la materia, determinará las normas de organización y funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal y las reglas generales de la actuación de los Médicos Forenses que presten asistencia técnica a los órganos jurisdiccionales, fiscales u Oficinas del Registro Civil.

    (Derogado)

    2

    Ya no está en vigor. BOE-A-1994-24612 en el BOE ↗

  5. Del 22/11/1992 al 09/12/1994 · redacción de la Ley Orgánica 7/1992

    1. Por el Ministerio de Justicia, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, oídos, en su caso, los directores de los Institutos de Medicina Legal, se dictarán las normas precisas sobre actuación de los Médicos Forenses ante los órganos radicados en cada ámbito territorial y sobre adscripción de aquéllos a efectos gubernativos a órganos jurisdiccionales o Fiscales determinados.

    (Derogado)

    2

    Ya no está en vigor. BOE-A-1992-25817 en el BOE ↗

  6. Del 03/07/1985 al 22/11/1992 · redacción original

    1. Por el Ministerio de Justicia, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, oídos, en su caso, los directores de los Institutos de Medicina Legal, se dictarán las normas precisas sobre actuación de los Médicos Forenses ante los órganos radicados en cada ámbito territorial y sobre adscripción de aquéllos a efectos gubernativos a órganos jurisdiccionales o Fiscales determinados.

    2. La adscripción se hará a los Juzgados, Decanatos, Audiencias, Tribunales o Fiscalías que tengan su sede en la población de la residencia oficial del Médico Forense.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1985-12666 en el BOE ↗

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2006. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 163/2012 ↗, de 20 de septiembre de 2012 · Recurso de inconstitucionalidad 1916-2004

    …de los Estatutos de Autonomía se incluyen los derechos y deberes de los funcionarios, debiéndose advertir que los permisos y licencias (arts. 503 y 504 LOPJ) se configuran precisamente como derechos, por lo que sin duda su regulación queda fuera del posible…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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