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PEN Penal

Artículo 495 Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

1. Los que, sin alzarse públicamente, portando armas u otros instrumentos peligrosos, intentaren penetrar en las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, para presentar en persona o colectivamente peticiones a los mismos, incurrirán en la pena de prisión de tres a cinco años.

2. La pena prevista en el apartado anterior se aplicará en su mitad superior a quienes promuevan, dirijan o presidan el grupo.

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2002. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 13/2021 ↗, de 28 de enero de 2021 · Recurso de inconstitucionalidad 3848-2015

    …ejerciendo una opción de política legislativa, ha entendido que, entre la impunidad y el delito contra las instituciones del Estado tipificado en el art. 495 CP, debía caber una infracción administrativa que cualificara ciertos desórdenes públicos ante las cámaras…

  • STC 172/2020 ↗, de 19 de noviembre de 2020 · Recurso de inconstitucionalidad 2896-2015

    …ejerciendo una opción de política legislativa, ha entendido que entre la impunidad y el delito contra las instituciones del Estado tipificado en el art. 495 del Código penal (CP), debía caber una infracción administrativa que cualificara ciertos desórdenes públicos…

  • STC 113/2002 ↗, de 9 de mayo de 2002 · Cuestión de inconstitucionalidad 4098-1995

    …motivada. Por lo demás, la técnica de la sanción facultativa tendría ya arraigo en nuestro Derecho y de ella serían expresión, entre otros, los arts. 67, 495 y 586 bis CP de 1995. 8. Por providencia de 7 de mayo de 2002, se señaló para votación y fallo de la presente…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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