El texto oficial, literal
Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España:
1.º En la forma regulada en este Código.
2.º En la forma religiosa legalmente prevista.
También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 49 CC tuvo 4 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/03/1995 al 30/04/2021 · redacción de una reforma
Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España:
1.º Ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por este Código.
2.º En la forma religiosa legalmente prevista.
También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la Ley del lugar de celebración.
Ya no está en vigor. BOE-A-1994-28511 en el BOE ↗
Del 09/08/1981 al 01/03/1995 · redacción de la Ley 30/1981
Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España:
1.° Ante el Juez o funcionario señalado por este Código.
2.° En la forma religiosa legalmente prevista.
También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración.
Ya no está en vigor. BOE-A-1981-16216 en el BOE ↗
Del 15/05/1958 al 09/08/1981 · redacción de una reforma
Ninguno de los llamador a otorgar la licencia está obligado a manifestar las razones en que se funda para concederla o negarla.
No obstante, si la licencia fuera negada, el matrimonio podrá celebrarse si se autoriza por el Ordinario del lugar o por el Presidente de la Audiencia Territorial, según fuere canónico o civil. A todos los efectos la autorización equivaldrá a la licencia.
El Presidente de la Audiencia, oído el Ministerio Fiscal, adoptará su resolución en expediente que se instruirá por el Juez encargado del Registro Civil del domicilio del solicitante en el que se oirá a los padres y a las personas que juzgue conveniente.
Ya no está en vigor. BOE-A-1958-6677 en el BOE ↗
Del 16/08/1889 al 15/05/1958 · redacción original
Ninguno de los llamados a prestar su consentimiento o consejo está obligado a manifestar las razones en que se funda para concederlo o negarlo, ni contra su disenso se da recurso alguno.
Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2008. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 194/2014 ↗, de 1 de diciembre de 2014 · Recurso de amparo 6654-2012
…del matrimonio por el rito islámico está expresamente reconocida por el Estado y regulada en la Ley 26/1992, de 10 de noviembre en relación con el art. 49.2 CC. Tampoco parece que las instituciones del Estado hayan considerado al recurrente en ninguna ocasión como…
STC 95/2009 ↗, de 20 de abril de 2009 · Recurso de amparo 229-2007
…este Tribunal ante un supuesto similar otorgó el amparo. Por último aduce que el matrimonio celebrado reúne todos los requisitos establecidos en los arts. 9.2, 44, 49 y 61 CC y 32 CE, y que por tanto se le deben reconocer efectos civiles desde el momento de su celebración, sin…
STC 146/2008 ↗, de 10 de noviembre de 2008 · Recurso de amparo 6453-2006
…recurso de suplicación, articulado en un único motivo, al amparo del art. 191 c) LPL, por infracción del art. 174 LGSS, en relación con los arts. 4, 49 y 60 CC, disposición adicional décima de la Ley 30/1981 y cánones 1104, 1108, 1116, 1101 y 1107 del Código…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.