El texto oficial, literal
El derecho al aprovechamiento de aguas públicas se extingue por la caducidad de la concesión y por el no uso durante veinte años.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 411 CC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 16/08/1889 al 01/01/1986 · redacción original
El derecho al aprovechamiento de aguas públicas se extingue por la caducidad de la concesión y por el no uso durante veinte años.
Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗