El texto oficial, literal
La autoridad o funcionario público que por imprudencia grave incurriere en alguna de las falsedades previstas en el artículo anterior o diere lugar a que otro las cometa, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2006. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 125/2017 ↗, de 13 de noviembre de 2017 · Recurso de amparo 2350-2014
…y preverla; y (iii) en lo que respecta al derecho de defensa, no ha de entenderse infringido por la circunstancia de que el tipo imprudente del artículo 391 CP no haya sido postulado por las acusaciones, toda vez que descartado el tipo doloso del artículo 390.1.4…
STC 328/2006 ↗, de 20 de noviembre de 2006 · Recurso de amparo 6311-2003
…con otros, fue acusado en el proceso penal previo por el Ministerio Fiscal como supuesto autor de un delito de falsificación de documento público (arts. 391 y 390.1.4 CP) y, alternativamente, como autor de ese mismo delito en la modalidad prevista en el núm. 3 del art. 390.1…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.