Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

PEN Penal

Artículo 270 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Todos los ciudadanos españoles, hayan sido o no ofendidos por el delito, pueden querellarse, ejercitando la acción popular establecida en el artículo 101 de esta Ley.

También pueden querellarse los extranjeros por los delitos cometidos contra sus personas o bienes o las personas o bienes de sus representados, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 280, si no estuvieren comprendidos en el último párrafo del 281.

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 7 sentencias de su repertorio, la primera de 1986. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 15/2001 ↗, de 29 de enero de 2001 · Recurso de amparo 2433-1997

    …de acciones penales por particulares, sean o no perjudicados u ofendidos por el delito, ha de tener lugar precisamente a través de la querella, artículo 270 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tal acto procesal de parte no es, pues, únicamente, como parece…

  • STC 280/2000 ↗, de 27 de noviembre de 2000 · Recurso de amparo 1572-1997

    …si dicho silencio da lugar a la eficacia de la Disposición adicional primera de la Ley Procesal Militar y, por tanto, a la aplicabilidad de los arts. 101 y 270 LECrim y, en definitiva, a esta modalidad de acusación en el proceso militar (en cuyo caso los Autos…

  • STC 81/1999 ↗, de 10 de mayo de 1999 · Recurso de amparo 673-1995

    …sobre la base de la acción otorgada por los referidos preceptos a todos los ciudadanos hayan sido o no ofendidos por el delito (art. 125 C.E. y arts. 101 y 270 L.E.Crim.). En consecuencia, no existe una situación de monopolio acusatorio a favor del Ministerio Fiscal,…

  • STC 34/1994 ↗, de 31 de enero de 1994 · Recurso de amparo 1399-1991

    …de entre las que cabe destacar la necesidad de la presentación de querella, que se impone al acusador popular que ejercita la acción penal (art. 270 L.E.Crim.) y la obligación de prestar fianza para responder de las resultas del juicio, de la que, en…

  • STC 241/1992 ↗, de 21 de diciembre de 1992 · Recurso de amparo 529-1990

    …recurrente. De otro lado, y respecto de las razones en las que se fundamenta el Auto de 10 de agosto de 1987, entiende la Sala que tanto los arts. 101 y 270 L.E.Crim. como el art. 125 de la Constitución legitiman para ejercer la acción popular a los "ciudadanos",…

  • STC 101/1989 ↗, de 5 de junio de 1989 · Recurso de amparo 1313-1987

    …no se tratara de ofendidos por el delito, sólo los ciudadanos personas físicas podrían ejercer la acción popular mediante querella con arreglo a los arts. 101 y 270 L.E.Crim., pero no personas jurídicas, a menos que, insistimos, hubieran sido sujetos pasivos u ofendidas…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO