El texto oficial, literal
Definición
Se halla en situación de trabajo transfronterizo el trabajador que haya sido autorizado para desarrollar actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta propia o ajena en las zonas fronterizas del territorio español, residiendo en la zona fronteriza de un Estado limítrofe al que regrese diariamente.
En lenguaje claro
El artículo 182 del Reglamento de Extranjería define qué se entiende por «trabajo transfronterizo».
Según el artículo, está en situación de trabajo transfronterizo quien cumple a la vez tres condiciones. Primera: haber sido autorizado para desarrollar actividades lucrativas, laborales o profesionales en España, por cuenta propia o ajena. Segunda: que esa actividad se realice en las zonas fronterizas del territorio español. Tercera: residir en la zona fronteriza de un Estado limítrofe al que la persona regrese diariamente.
El artículo se limita a fijar el concepto. No regula aquí cómo se solicita la autorización, qué requisitos concretos tiene ni qué consecuencias conlleva. Para su caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es un trabajador transfronterizo según este artículo?
- Es quien ha sido autorizado para desarrollar actividades lucrativas, laborales o profesionales, por cuenta propia o ajena, en zonas fronterizas españolas, residiendo en la zona fronteriza de un Estado limítrofe al que regresa diariamente.
- ¿Dónde debe realizarse la actividad laboral?
- La actividad debe desarrollarse en las zonas fronterizas del territorio español.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.