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PEN Penal

Artículo 111 Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

1. Deberá restituirse, siempre que sea posible, el mismo bien, con abono de los deterioros y menoscabos que el juez o tribunal determinen. La restitución tendrá lugar aunque el bien se halle en poder de tercero y éste lo haya adquirido legalmente y de buena fe, dejando a salvo su derecho de repetición contra quien corresponda y, en su caso, el de ser indemnizado por el responsable civil del delito.

2. Esta disposición no es aplicable cuando el tercero haya adquirido el bien en la forma y con los requisitos establecidos por las Leyes para hacerlo irreivindicable.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 111 CP tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 24/05/1996 al 01/07/2015 · redacción original

    1. Deberá restituirse, siempre que sea posible, el mismo bien, con abono de los deterioros y menoscabos que el Juez o Tribunal determinen. La restitución tendrá lugar aunque el bien se halle en poder de tercero y éste lo haya adquirido legalmente y de buena fe, dejando a salvo su derecho de repetición contra quien corresponda y, en su caso, el de ser indemnizado por el responsable civil del delito o falta.

    2. Esta disposición no es aplicable cuando el tercero haya adquirido el bien en la forma y con los requisitos establecidos por las Leyes para hacerlo irreivindicable.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1995-25444 en el BOE ↗

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2015. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 47/2020 ↗, de 15 de junio de 2020 · Recurso de amparo 3774-2017

    …desprende del suplico del recurso, en el que la apelante simplemente expuso un interés de índole civil: la restitución del inmueble de su propiedad (arts. 110.1 y 111 CP). No promovió, tampoco, en ningún otro apartado del escrito de impugnación, que la subsunción jurídica de…

  • STC 266/2015 ↗, de 14 de diciembre de 2015 · Recurso de amparo 5290-2014

    …cargas y gravámenes contenido en la Sentencia del Juzgado de lo Penal no encuentra encaje o acomodo en ninguna de las previsiones de los arts. 111, 112 y 113 del Código penal (CP), lo que determina la falta de competencia del órgano judicial de Santiago de…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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