El texto oficial, literal
1. El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. Para esta clase de debate los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo semanal.
2. Toda interpelación podrá dar lugar a una moción en la que la Cámara manifieste su posición.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 5 sentencias de su repertorio, la primera de 1988. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 183/2021 ↗, de 27 de octubre de 2021 · Recurso de inconstitucionalidad 5342-2020
…segundo de suministrar aquella información, forma parte de un ámbito más amplio del vínculo de comunicación establecido en otros preceptos de la CE (arts. 76 y 109 a 111 CE, entre otros) entre ambos poderes del Estado, a cuyo través los miembros de las Cortes Generales en…
STC 168/2021 ↗, de 5 de octubre de 2021 · Recurso de amparo 2109-2020
…parlamentaria hasta que otra decisión posterior la deje sin efecto. (iii) A la iniciativa parlamentaria de formular interpelaciones y preguntas (art. 111 CE) previstas en los arts. 180 y siguientes RCD, que queda en suspenso como consecuencia de la decisión…
STC 124/2018 ↗, de 14 de noviembre de 2018 · Conflicto entre órganos constitucionales 3102-2016
…conflicto de atribuciones ante el Tribunal Constitucional. B) El escrito de interposición del conflicto alega que los preceptos vulnerados son los artículos 1, 9, 23, 66.2, 108, 109, 110 y 111 CE, por los motivos que se exponen a continuación. En primer lugar, se alega la vulneración del artículo 1…
STC 71/1994 ↗, de 3 de marzo de 1994 · Recurso de inconstitucionalidad 1492-1988
…específico de control que, con carácter general, la propia Norma fundamental remite a las previsiones reglamentarias del Congreso y del Senado (art. 111.1 de la Constitución). Una interpretación integradora de la Norma fundamental impone, más bien, que lo…
STC 161/1988 ↗, de 20 de septiembre de 1988 · Recurso de amparo 162-1987
…y documentos que obran en poder de la Administración Regional, siendo cualquiera otra interpretación incompatible con la letra y espíritu del art. 111.1 de la Constitución. Concluye la demanda de amparo con el suplico de que se declare la nulidad del Acuerdo…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.