El texto oficial, literal
Exclusión de la rescisión de sentencias sin efectos de cosa juzgada
No procederá la rescisión de las sentencias firmes que, por disposición legal, carezcan de efectos de cosa juzgada.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 166/2007 ↗, de 4 de julio de 2007 · Cuestión de inconstitucionalidad 1780-1999
…añade un segundo apartado, objeto de la presente cuestión de inconstitucionalidad, del siguiente tenor literal: “A los efectos establecidos en el art. 503 de la Ley de enjuiciamiento civil, la entidad de gestión estará obligada a aportar al proceso copia de sus…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.