Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

MER Mercantil

Artículo 361 Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital

Disolución y concurso. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Disolución y concurso

1. La declaración de concurso de la sociedad de capital no constituirá, por sí sola, causa de disolución.

2. La apertura de la fase de liquidación en el concurso de acreedores producirá la disolución de pleno derecho de la sociedad.

En tal caso, el juez del concurso hará constar la disolución en la resolución de apertura de la fase de liquidación del concurso.

En lenguaje claro

El artículo 361 de la Ley de Sociedades de Capital se refiere a la relación entre el concurso de acreedores y la disolución de una sociedad de capital.

En su primer apartado señala que la declaración de concurso de la sociedad, por sí sola, no constituye causa de disolución.

En el segundo apartado establece que la apertura de la fase de liquidación en el concurso produce la disolución de pleno derecho de la sociedad, es decir, de forma automática. Además, el juez del concurso hará constar esa disolución en la resolución de apertura de la fase de liquidación.

Para valorar su situación concreta, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿La declaración de concurso disuelve automáticamente la sociedad?
No. El artículo indica que la declaración de concurso, por sí sola, no constituye causa de disolución de la sociedad de capital.
¿Qué ocurre cuando se abre la fase de liquidación en el concurso?
Se produce la disolución de pleno derecho de la sociedad, y el juez del concurso lo hará constar en la resolución de apertura de dicha fase.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO