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PEN Penal

Artículo 126 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

La renuncia a los derechos a que se refiere el artículo 123 deberá ser expresa y libre, y solamente será válida si se produce después de que el imputado o acusado haya recibido un asesoramiento jurídico suficiente y accesible que le permita tener conocimiento de las consecuencias de su renuncia. En todo caso, los derechos a los que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 123 no podrán ser renunciados.

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 4 sentencias de su repertorio, la primera de 2021. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 41/2022 ↗, de 21 de marzo de 2022 · Recurso de amparo 3047-2020

    …es una obligación de los Estados; (iii) esta línea interpretativa parece invertir la garantía establecida en el art. 3.8 de la Directiva y en el art. 126 LECrim en relación con la renuncia de este derecho. Sobre la base de todo ello termina concluyendo: (i) en…

  • STC 106/2021 ↗, de 11 de mayo de 2021 · Recurso de amparo 1407-2020

    …suficiente del alcance de la renuncia, que además se materializó expresamente y se cumplieron, así, los requisitos procesales exigidos por el art. 126 LECrim para [su] validez”. En definitiva, para el fiscal “se ha pretendido instrumentalizar el derecho a…

  • STC 35/2021 ↗, de 18 de febrero de 2021 · Recurso de amparo 1265-2018

    …su validez porque “el demandante de amparo no solo no ha renunciado de forma expresa a su derecho a la traducción, siendo esta una exigencia del art. 126 LECrim (precepto, por cierto, sobre el que tribunal guarda un espeso silencio, aun cuando es de ineludible…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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