Artículo 120 · Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social
Tramitación. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.
El texto oficial, literal
1. Los procesos derivados de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, se ajustarán a las normas contenidas en el Capítulo relativo a los procesos por despidos y sanciones sin perjuicio de las especialidades que se enuncian en los artículos siguientes.
2. En los supuestos de extinción de contrato de trabajo previsto en el artículo 49.1.n) del Estatuto de los Trabajadores el procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente.
De dónde sale
- — Norma: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
- — Esta redacción rige desde el 01/05/2025, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2025-8567.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2011/10/10/36#a120 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2025-8567 Se numera como apartado 1 y se añade el apartado 2 por la disposición final 1 de la Ley 2/2025, de 29 de abril.
A qué artículos remite
Sale de su propio texto: son los artículos que este menciona y que hay que leer con él.
Artículo 49 LRJS — Clases de resoluciones
Qué artículos remiten a este
[Artículo 124 LRJS](/articulos/124-lrjs)
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 119 LRJS
El siguiente: artículo 121 LRJS