El texto oficial, literal
Efectos del reconocimiento
1. Salvo en los supuestos previstos en el capítulo I del título II de este libro las resoluciones extranjeras reconocidas producirán en España los efectos que les atribuya la ley del Estado de apertura del procedimiento.
2. Los efectos de un procedimiento territorial extranjero se limitarán a los bienes y derechos que en el momento de su declaración estén situados en el Estado de apertura.
3. En el caso de declaración de un concurso territorial en España, los efectos del procedimiento extranjero se regirán por lo dispuesto en el título IV de este libro.
En lenguaje claro
El artículo 745 del Texto Refundido de la Ley Concursal se refiere a los efectos en España del reconocimiento de una resolución concursal dictada en el extranjero.
Como regla general, las resoluciones extranjeras reconocidas producen en España los efectos que les atribuya la ley del Estado de apertura del procedimiento. Esta regla no se aplica en los supuestos previstos en el capítulo I del título II de este libro. Además, si el procedimiento extranjero es territorial, sus efectos se limitan a los bienes y derechos que estén situados en el Estado de apertura en el momento de la declaración.
Si en España se declara un concurso territorial, los efectos del procedimiento extranjero se regirán por lo dispuesto en el título IV de este libro. Para aplicar estas reglas a un caso concreto, conviene consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué efectos produce en España una resolución concursal extranjera reconocida?
- Produce los efectos que le atribuya la ley del Estado donde se abrió el procedimiento, salvo en los supuestos previstos en el capítulo I del título II de este libro.
- ¿A qué bienes alcanza un procedimiento territorial extranjero?
- Sus efectos se limitan a los bienes y derechos que, en el momento de la declaración, estén situados en el Estado de apertura.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.