Saltar al contenido
JBHAsesoría LegalDefensa PenalUrgencias 24 h+34 872 290 320

MER Mercantil

Artículo 721 · Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.

El texto oficial, literal

Art. 721.

En el contrato a la gruesa se deberá expresar:

1.º La clase, nombre y matrícula del buque.

2.º El nombre, apellidos y domicilio del capitán.

3.º Los nombres, apellidos y domicilio del que da y del que toma el préstamo.

4.º El capital del préstamo y el premio convenido.

5.º El plazo del reembolso.

6.º Los objetos pignorados a su reintegro.

7.º El viaje por el cual se corra el riesgo.

De dónde sale

  • — Norma: Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
  • — Esta redacción rige desde el 01/11/1996, y sigue vigente.
  • — Quedó así por BOE-A-1885-6627.
  • — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/rd/1885/08/22/(1 ↗)#a721

Alrededor, en la misma ley

El anterior: artículo 720 CCom

El siguiente: artículo 722 CCom