Artículo 667 · Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Convocatoria, anuncio y publicidad de la subasta. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.
El texto oficial, literal
1. La subasta se convocará de acuerdo con lo previsto en el artículo 644, y se anunciará y publicará conforme lo previsto en el artículo 645.
2. El Portal de Subastas se comunicará, a través de los sistemas del Colegio de Registradores, con el Registro correspondiente a fin de que este confeccione y expida una información registral electrónica referida a la finca o fincas subastadas que se mantendrá permanentemente actualizada hasta el término de la subasta, y será servida a través del Portal de Subastas. De la misma manera, si la finca estuviera identificada en bases gráficas, se dispondrá la información de las mismas. En el caso de que dicha información no pudiera ser emitida por cualquier causa transcurridas cuarenta y ocho horas desde la publicación del anuncio, se expresará así y se comenzará la subasta, sin perjuicio de su posterior incorporación al Portal de Subastas antes de la finalización de la subasta.
De dónde sale
- — Norma: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- — Esta redacción rige desde el 03/04/2025, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2025-76.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1#a667 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2025-76#a2-4 Se modifica la rúbrica y el apartado 1, con efectos de 3 de abril de 2025, por el art. 22.69 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. Ref. BOE-A-2015-7851#aprimero Se modifica por el art. 1.16 de la Ley 19/2015, de 13 de julio..
A qué artículos remite
Sale de su propio texto: son los artículos que este menciona y que hay que leer con él.
Artículo 644 LEC — Convocatoria de la subasta
Artículo 645 LEC — Anuncio y publicidad de la subasta
Qué artículos remiten a este
Artículo 656 LEC — Certificación de dominio y cargas
Artículo 668 LEC — Contenido del anuncio y publicidad de la subasta
Artículo 669 LEC — Condiciones especiales de la subasta
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 666 LEC
El siguiente: artículo 668 LEC