Saltar al contenido
JBHAsesoría LegalDefensa PenalUrgencias 24 h+34 872 290 320

LAB Laboral

Artículo 63 · Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social

Conciliación o mediación previas. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.

El texto oficial, literal

Será requisito previo para la tramitación del proceso el intento de conciliación o, en su caso, de mediación ante el servicio administrativo correspondiente o ante el órgano que asuma estas funciones que podrá constituirse mediante los acuerdos interprofesionales o los convenios colectivos a los que se refiere el artículo 83 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como mediante los acuerdos de interés profesional a los que se refieren el artículo 13 y el apartado 1 del artículo 18 de la Ley del Estatuto del trabajo autónomo.

De dónde sale

  • — Norma: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
  • — Esta redacción rige desde el 11/12/2011, y sigue vigente.
  • — Quedó así por BOE-A-2011-15936.
  • — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2011/10/10/36#a63 ↗

A qué artículos remite

Sale de su propio texto: son los artículos que este menciona y que hay que leer con él.

Artículo 13 LRJS — Cuestiones de competencia

Artículo 18 LRJS — Intervención en el juicio

Artículo 83 LRJS — Suspensión de los actos de conciliación y juicio

Qué artículos remiten a este

Artículo 82 LRJS — Señalamiento de los actos de conciliación y juicio

Artículo 143 LRJS — Remisión del expediente administrativo

Artículo 156 LRJS — Intento de conciliación o de mediación

Artículo 244 LRJS — Supuestos de suspensión y aplazamiento de la ejecución

Alrededor, en la misma ley

El anterior: artículo 62 LRJS

El siguiente: artículo 64 LRJS