Artículo 42 · Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
Régimen especial de los trabajadores de temporada. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
1. El Gobierno regulará reglamentariamente la autorización de residencia y trabajo para los trabajadores extranjeros en actividades de temporada o campaña que les permita la entrada y salida del territorio nacional, así como la documentación de su situación, de acuerdo con las características de las citadas campañas y la información que le suministren las Comunidades Autónomas donde se promuevan.
2. Para conceder las autorizaciones de residencia y trabajo deberá garantizarse que los trabajadores temporeros serán alojados en condiciones de dignidad e higiene adecuadas.
3. Las Administraciones públicas promoverán la asistencia de los servicios sociales adecuados.
4. Las ofertas de empleo de temporada se orientarán preferentemente hacia los países con los que España haya firmado acuerdos sobre regulación de flujos migratorios.
5. Las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos y los agentes sociales promoverán los circuitos que permitan la concatenación de los trabajadores de temporada, en colaboración con la Administración General del Estado.
6. Reglamentariamente se determinarán las condiciones para que los trabajadores en plantilla de una empresa o grupo de empresas que desarrollen su actividad en otro país puedan ser autorizados a trabajar temporalmente en España para la misma empresa o grupo.
De dónde sale
- — Norma: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- — Esta redacción rige desde el 13/12/2009, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2009-19949.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/11/4#a42 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2009-19949 Se modifica por el art. único.47 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.. Ref. BOE-A-2003-21187 Se añaden los apartados 4 y 5 por el art. 1.20 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre.. Ref. BOE-A-2000-23660 Se modifica y se renumera por el art. 1.35 de la Ley Orgánica 8/200, de 22 de diciembre.. Su anterior numeración era art. 41
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 41 LOEX
El siguiente: artículo 43 LOEX