Artículo 34 · CE
Artículo 34 · Constitución Española
Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley.
2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo 22.
De dónde sale
- — Norma: Constitución Española.
- — Esta redacción rige desde el 29/12/1978, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-1978-31229.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1 ↗)#a34
A qué artículos remite
Sale de su propio texto: son los artículos que este menciona y que hay que leer con él.
[Artículo 22 CE](/articulos/22-ce)
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 33 CE
El siguiente: artículo 35 CE