El texto oficial, literal
Valor probatorio de las copias reprográficas y cotejo
1. Si la parte a quien perjudique el documento presentado por copia reprográfica impugnare la exactitud de la reproducción, se cotejará con el original, si fuere posible y, no siendo así, se determinará su valor probatorio según las reglas de la sana crítica, teniendo en cuenta el resultado de las demás pruebas.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior de este artículo también será de aplicación a los dibujos, fotografías, pinturas, croquis, planos, mapas y documentos semejantes.
3. El cotejo a que el presente artículo se refiere se verificará por el Letrado de la Administración de Justicia, salvo el derecho de las partes a proponer prueba pericial.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 334 LEC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 08/01/2001 al 01/10/2015 · redacción original
1. Si la parte a quien perjudique el documento presentado por copia reprográfica impugnare la exactitud de la reproducción, se cotejará con el original, si fuere posible y, no siendo así, se determinará su valor probatorio según las reglas de la sana crítica, teniendo en cuenta el resultado de las demás pruebas.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior de este artículo también será de aplicación a los dibujos, fotografías, pinturas, croquis, planos, mapas y documentos semejantes.
3. El cotejo a que el presente artículo se refiere se verificará por el Secretario Judicial, salvo el derecho de las partes a proponer prueba pericial.
Ya no está en vigor. BOE-A-2000-323 en el BOE ↗
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2004. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 44/2009 ↗, de 12 de febrero de 2009 · Recurso de amparo electoral 1267-2009
…o fotocopia, resultando sólo necesario su contraste o adveración con el documento original si su autenticidad es impugnada por la contraparte (arts. 276, 268.2 y 3 y 334.1 LEC)” (STC 99/2004 , de 27 de mayo, FJ 12), lógicamente con un mínimo de precisión y fundamento, lo que no…
STC 99/2004 ↗, de 27 de mayo de 2004 · Recurso de amparo electoral 3293-2004
…(lo señala el fundamento 12 de la Sentencia recurrida), de otro que la presentación de documentos puede hacerse por copia simple o fotocopia (arts. 267, 268.2 y 334.1 LEC); y finalmente, que los informes policiales, en el caso de ser considerados periciales, son pericias de…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.