El texto oficial, literal
Modo de producción de la prueba por documentos públicos
Los documentos públicos tendrán la fuerza probatoria establecida en el artículo 319 si se aportaren al proceso en original o por copia o certificación fehaciente, ya sean presentadas éstos en soporte papel o mediante documento electrónico, o si, habiendo sido aportado por copia simple, en soporte papel o imagen digitalizada, conforme a lo previsto en el artículo 267, no se hubiere impugnado su autenticidad.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 318 LEC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 08/01/2001 al 09/12/2007 · redacción original
Los documentos públicos tendrán la fuerza probatoria establecida en el artículo 319 si se aportaren al proceso en original o por copia o certificación fehaciente o si, habiendo sido aportado por copia simple conforme a lo previsto en el artículo 267, no se hubiere impugnado su autenticidad.
Ya no está en vigor. BOE-A-2000-323 en el BOE ↗
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
- Artículo 267 LEC · Forma de presentación de los documentos públicos
- Artículo 319 LEC · Fuerza probatoria de los documentos públicos
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 119/2007 ↗, de 21 de mayo de 2007 · Recurso de amparo 2518-2004
…su desglose, procediendo a hacer entrega del documento el mismo día en que se le facilitó. Afirma asimismo que, conforme a lo dispuesto en los arts. 318 y 267 LEC, los documentos públicos, como el acta elaborada por el CMAC, “podrán presentarse por copia simple y si…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.