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LAB Laboral

Artículo 240 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

Modos de gestión de la mejora directa. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Modos de gestión de la mejora directa

1. Las empresas, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, podrán realizar la mejora de prestaciones a que se refiere el artículo anterior por sí mismas o a través de la Administración de la Seguridad Social, fundaciones laborales, montepíos y mutualidades de previsión social o entidades aseguradoras de cualquier clase.

2. Las fundaciones laborales legalmente constituidas para el cumplimiento de los fines que les sean propios gozarán del trato fiscal y de las demás exenciones concedidas, en los términos que las normas aplicables establezcan.

En lenguaje claro

Este artículo señala los modos de gestión de las mejoras directas a que se refiere el artículo anterior.

En el primer apartado, se indica que las empresas, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, podrán realizar esa mejora por sí mismas o a través de la Administración de la Seguridad Social, fundaciones laborales, montepíos y mutualidades de previsión social, o entidades aseguradoras de cualquier clase.

En el segundo apartado, se reconoce que las fundaciones laborales legalmente constituidas para el cumplimiento de los fines que les sean propios gozarán del trato fiscal y de las demás exenciones concedidas, en los términos que las normas aplicables establezcan. Para analizar un caso concreto, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede gestionar la mejora directa?
Pueden gestionarla las propias empresas o, a través de la Administración de la Seguridad Social, fundaciones laborales, montepíos, mutualidades de previsión social o entidades aseguradoras de cualquier clase, en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
¿Qué se reconoce a las fundaciones laborales?
Gozan del trato fiscal y de las demás exenciones concedidas, en los términos que establezcan las normas aplicables, siempre que estén legalmente constituidas para el cumplimiento de los fines que les sean propios.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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