El texto oficial, literal
Artículo doscientos treinta y uno · LOPJ
1. En todas las actuaciones judiciales, los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios y demás funcionarios de Juzgados y Tribunales usarán el castellano, lengua oficial del Estado.
2. Los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios y demás funcionarios de Juzgados y Tribunales podrán usar también la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma, si ninguna de las partes se opusiere, alegando desconocimiento de ella que pudiere producir indefensión.
3. Las partes, sus representantes y quienes les dirijan, así como los testigos y peritos, podrán utilizar la lengua que sea también oficial en la Comunidad Autónoma en cuyo territorio tengan lugar las actuaciones judiciales, tanto en manifestaciones orales como escritas.
4. Las actuaciones judiciales realizadas y los documentos presentados en el idioma oficial de una Comunidad Autónoma tendrán, sin necesidad de traducción al castellano, plena validez y eficacia. De oficio se procederá a su traducción cuando deban surtir efecto fuera de la jurisdicción de los órganos judiciales sitos en la Comunidad Autónoma, salvo si se trata de Comunidades Autónomas con lengua oficial propia coincidente. También se procederá a su traducción cuando así lo dispongan las leyes o a instancia de parte que alegue indefensión.
5. En las actuaciones orales, el Juez o Tribunal podrá habilitar como intérprete a cualquier persona conocedora de la lengua empleada, previo juramento o promesa de aquélla.
Ref. BOE-T-2000-9230
Se declara que el apartado 4 no es inconstitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 16/1984, de 8 de noviembre, interpretado en el sentido indicado en el fundamento jurídico 12 de la Sentencia 105/2000, de 13 de abril..
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 15 sentencias de su repertorio, la primera de 1987. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 121/2021 ↗, de 2 de junio de 2021 · Recurso de amparo 1406-2020
…usted se levanta, asume las consecuencias legales de su negativa a contestar y hemos terminado”. La sala basó su decisión en una interpretación del art. 231.3 LOPJ “las partes, sus representantes y quienes les dirijan, así como los testigos y peritos, podrán utilizar…
STC 122/2021 ↗, de 2 de junio de 2021 · Recurso de amparo 1474-2020
…resulta contradictorio, pues lo que viene diciendo el Consejo de Europa, cuyos informes cita de forma indirecta el Tribunal Supremo, “es que el artículo 231 LOPJ, en su redacción actual, constituye el principal impedimento legal para poder cumplir las obligaciones…
STC 106/2021 ↗, de 11 de mayo de 2021 · Recurso de amparo 1407-2020
…afectando “a la credibilidad de su testimonio”. La Sala basó la prohibición de que declararan en catalán mediante una interpretación del art. 231.3 LOPJ (“[l]as partes, sus representantes y quienes les dirijan, así como los testigos y peritos, podrán…
STC 91/2021 ↗, de 22 de abril de 2021 · Recurso de amparo 1403-2020
…usted se levanta, asume las consecuencias legales de su negativa a contestar y hemos terminado”. La sala basó su decisión en una interpretación del art. 231.3 LOPJ (“Las partes, sus representantes y quienes les dirijan, así como los testigos y peritos, podrán…
STC 165/2013 ↗, de 26 de septiembre de 2013 · Recurso de inconstitucionalidad 5868-2012
…, de 19 de abril, este Tribunal reconoció que la Carta no podía erigirse en canon autónomo de validez del precepto allí cuestionado, que era el art. 231 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, precepto que tiene carácter y naturaleza procesal y no procedimental…
STC 31/2010 ↗, de 28 de junio de 2010 · Recurso de inconstitucionalidad 8045-2006
…(STC 87/1997 , de 24 de abril, FJ 4). A su juicio, el contenido del art. 33 del Estatuto está en perfecta conformidad con los apartados 3 y 4 del art. 231 LOPJ e idénticos apartados del art. 142 LEC, así como con la doctrina de las SSTC 56/1990 , de 29 de marzo,…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.