El texto oficial, literal
1. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.
2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deberán convocarse sobre un orden del día determinado y serán clausuradas una vez que éste haya sido agotado.
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Lo mencionan
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 1988. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 238/2012 ↗, de 13 de diciembre de 2012 · Recurso de inconstitucionalidad 2169-2005
…única. Se argumenta en contra que las sesiones extraordinarias son las que se celebran fuera del periodo ordinario de sesiones definido en el artículo 73.1 CE, por lo que el pleno del 2 diciembre habría sido ordinario y convocado por el Presidente tal y como…
STC 49/2008 ↗, de 9 de abril de 2008 · Recurso de inconstitucionalidad 6729-2007
…de sus miembros. De todo ello se derivaría la infracción no sólo del art. 159.1 CE, sino también de todo el título III CE y, en especial, de los arts. 66, 67, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 82, 87, 89, 90 y 91 CE, preceptos todos ellos que delimitan la posición constitucional del Senado. El escrito de interposición…
STC 252/1988 ↗, de 20 de diciembre de 1988 · Conflictos positivos de competencia 598-1986, 1403-1986, 857-1988 (acumulados)
…del Estado en materia de política exterior (149.1.3) ha de entenderse referida a la capacidad para concluir Tratados y dirigir la política exterior (arts. 73.3, 93, 94 y 97 C.E.), asegurar la representación exterior del Estado (arts. 56.1 y 97 C.E.) y asumir la responsabilidad…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.