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Artículo 675 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Incompatibilidades y prohibiciones. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Incompatibilidades y prohibiciones

No podrán ser propuestos ni nombrados expertos en la reestructuración y, en caso de ser nombrados, no podrán aceptar las siguientes personas:

1.º Quienes hayan prestado servicios profesionales relacionados con la reestructuración al deudor o a personas especialmente relacionadas con esta en los últimos dos años, salvo que se prestaran como consecuencia de haber sido nombrado experto en una reestructuración previa.

2.º Quienes se encuentren en alguna de las situaciones de incompatibilidad previstas en la legislación en materia de auditoría de cuentas en relación con el deudor o las personas especialmente relacionadas con este.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 675 TRLC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 01/09/2020 al 26/09/2022 · redacción original

    1. El plan de pagos y el plan de viabilidad podrán ser modificados en la reunión del deudor con los acreedores.

    2. En ningún caso podrán modificarse las condiciones de pago de aquellos acreedores que, habiendo manifestado la aceptación de la propuesta dentro de los diez días naturales anteriores a la reunión, no hubieran asistido a ella.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2020-4859 en el BOE ↗

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