Artículo 61 · Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
Medidas cautelares. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
1. Desde el momento en que se incoe un procedimiento sancionador en el que pueda proponerse la expulsión, el instructor, a fin de asegurar la resolución final que pudiera recaer, podrá adoptar alguna de las siguientes medidas cautelares:
a) Presentación periódica ante las autoridades competentes.
b) Residencia obligatoria en determinado lugar.
c) Retirada del pasaporte o documento acreditativo de su nacionalidad, previa entrega al interesado del resguardo acreditativo de tal medida.
d) Detención cautelar, por la autoridad gubernativa o sus agentes, por un período máximo de 72 horas previas a la solicitud de internamiento.
En cualquier otro supuesto de detención, la puesta a disposición judicial se producirá en un plazo no superior a 72 horas.
e) Internamiento preventivo, previa autorización judicial en los centros de internamiento.
f) Cualquier otra medida cautelar que el juez estime adecuada y suficiente.
2. En los expedientes sancionadores en la comisión de infracciones por transportistas, si éstos infringen la obligación de tomar a cargo al extranjero transportado ilegalmente, podrá acordarse la suspensión de sus actividades, la prestación de fianzas, avales, o la inmovilización del medio de transporte utilizado.
De dónde sale
- — Norma: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- — Esta redacción rige desde el 13/12/2009, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2009-19949.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/11/4#a61 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2009-19949 Se añade un letra f) al apartado 1 por el art. único.64 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.. Ref. BOE-A-2003-18088 Se modifica el apartado 1 por el art. 2.3 de la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre.. Ref. BOE-A-2000-23660 Se modifica y se renumera por el art. 1.54 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.. Su anterior numeración era art. 57. Ref. BOE-A-2001-3663 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2001..
Qué artículos remiten a este
Artículo 63 LOEX — Procedimiento preferente
Artículo 63 bis LOEX — Procedimiento ordinario
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 60 LOEX
El siguiente: artículo 62 LOEX