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Artículo 598 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo quinientos noventa y ocho · LOPJ

Artículo 598.

Corresponde a la Presidencia del Consejo General del Poder Judicial:

1.ª Ostentar la representación del Consejo General del Poder Judicial.

2.ª Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, decidiendo los empates con voto de calidad.

3.ª Fijar el orden del día de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente.

4.ª Proponer al Pleno y a la Comisión Permanente las cuestiones que estime oportunas en materia de la competencia de éstos.

5.ª Proponer el nombramiento de ponencias para preparar la resolución o despacho de un asunto.

6.ª Autorizar con su firma los acuerdos del Pleno y de la Comisión Permanente.

7.ª Ejercer la superior dirección de las actividades de los órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial.

8.ª Dirigir la comunicación institucional.

9.ª Realizar la propuesta del Magistrado, de las Salas Segunda o Tercera del Tribunal Supremo, competente para conocer de la autorización de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia que afecten a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.2 y 3 de la Constitución, así como del Magistrado de dichas Salas del Tribunal Supremo que le sustituya en caso de vacancia, ausencia o imposibilidad.

10.ª Nombrar y cesar al Director del Gabinete de la Presidencia y al Director de la Oficina de Comunicación, así como al personal eventual al servicio del Presidente.

11.ª Proponer al Pleno el nombramiento del Vicepresidente del Tribunal Supremo, del Secretario General y del Vicesecretario General, así como, en los dos últimos casos, acordar su cese.

12.ª Podrá encargar cometidos a vocales concretos o a grupos de trabajo siempre que este encargo no tenga carácter permanente ni indefinido.

13.ª Las demás previstas en la presente Ley Orgánica.

Con otras leyes

Sale del texto oficial de las leyes publicadas aquí: los artículos de otras leyes que este cita por su nombre, y los que lo citan a él.

Cita

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 191/2016 ↗, de 15 de noviembre de 2016 · Recurso de inconstitucionalidad 5465-2013

    …del Poder Judicial (SSTC 45/1986 , FJ 5, y 108/1986 , FJ 9) y tampoco su Presidente representa a los vocales del órgano, sino al órgano mismo (art. 598.1 LOPJ). 11. Como ya se dejó constancia (FJ 2 B), la demanda pide en su súplica la declaración de…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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