El texto oficial, literal
La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, admitiera, por sí o por persona interpuesta, dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 422 CP tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 24/05/1996 al 23/12/2010 · redacción original
Lo dispuesto en los artículos precedentes será también aplicable a los jurados, árbitros, peritos, o cualesquiera personas que participen en el ejercicio de la función pública.
Ya no está en vigor. BOE-A-1995-25444 en el BOE ↗
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 147/2021 ↗, de 12 de julio de 2021 · Recurso de amparo 5275-2020
…a cambio de la adjudicación de importantes contratos públicos, lo que supondría la comisión de un delito de cohecho pasivo, previsto y penado en los arts. 419 a 422 del Código penal, al concurrir los requisitos que vienen a constituir dicha infracción, cuales son los de,…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.