El texto oficial, literal
Si el Juez advirtiese en el procesado indicios de enajenación mental, le someterá inmediatamente a la observación de los Médicos forenses en el establecimiento en que estuviese preso, o en otro público si fuere más a propósito o estuviese en libertad.
Los Médicos darán en tal caso su informe del modo expresado en el capítulo VII de este título.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2015. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 84/2018 ↗, de 16 de julio de 2018 · Recurso de amparo 4677-2017
…en sus fundamentos jurídicos 3 a 5, a cuya argumentación cabe aquí remitirse. La misma falta de cobertura observó la STC 217/2015 respecto del artículo 381 LECrim (“si el Juez advirtiese en el procesado indicios de enajenación mental, le someterá inmediatamente a…
STC 217/2015 ↗, de 22 de octubre de 2015 · Recurso de amparo 5843-2014
…que es preciso terminar la causa por sentencia en la que quede acreditada la comisión del hecho delictivo y la necesidad de dicha medida”. (iii) Del art. 381 LECrim, precepto según el cual “si el Juez advirtiese en el procesado indicios de enajenación mental, le…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.