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EXT Extranjería

Artículo 30 bis Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

Situación de residencia. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Situación de residencia

1. Son residentes los extranjeros que se encuentren en España y sean titulares de una autorización para residir.

2. Los residentes podrán encontrarse en la situación de residencia temporal o de residencia de larga duración.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 30 bis LOEX tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 21/12/2003 al 13/12/2009 · redacción de una reforma

    1. Son residentes los extranjeros que se encuentren en España y sean titulares de una autorización para residir.

    2. Los residentes podrán encontrarse en la situación de residencia temporal o residencia permanente.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2003-21187 en el BOE ↗

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 155/2015 ↗, de 9 de julio de 2015 · Recurso de inconstitucionalidad 2085-2010

    …(art. 33 LOEx), y no son “residentes” en el sentido que indica el artículo impugnado, que se está refiriendo a la figura de la residencia del art. 30 bis LOEx. Por tanto, si se toma en consideración que el único contenido normativo posible del precepto impugnado…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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