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LAB Laboral

Artículo 180 · Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.

El texto oficial, literal

Artículo 180. Pérdida o suspensión del derecho al subsidio por nacimiento y cuidado de menor.

El derecho al subsidio por nacimiento y cuidado de menor podrá ser denegado, anulado o suspendido, cuando el beneficiario hubiera actuado fraudulentamente para obtener o conservar dicha prestación, así como cuando trabajara por cuenta propia o ajena durante los correspondientes períodos de descanso.

De dónde sale

  • — Norma: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  • — Esta redacción rige desde el 08/03/2019, y sigue vigente.
  • — Quedó así por BOE-A-2019-3244.
  • — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/30/8#a180 ↗

La nota del boletín

No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.

Ref. BOE-A-2019-3244#a4 Se modifica por el art. 4.6 Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo.

Qué artículos remiten a este

Artículo 182 LGSS — Prestación económica

Alrededor, en la misma ley

El anterior: artículo 179 LGSS

El siguiente: artículo 181 LGSS